dimecres, 25 de maig del 2022

Videos y crónica de las sesiones del Club de Lectura carlista de Barcelona.— Lectura comentada de ¿QUÉ ES EL CARLISMO?, de Elías de Tejada

Ya están disponibles las grabaciones en video de las tres primeras sesiones del Club de Lectura Carlista de Barcelona, que cada mes organiza el Círculo Tradicionalista Ramón Parés y Vilasau, de la Comunión Tradicionalista, y que dirige la profesora Helena Escolano. Las grabaciones pueden consultarse en el canal de YouTube del Círculo, concretamente en esta lista de reproducción dedicada el Club de Lectura.

Estas tres primeras sesiones corresponden a la lectura comentada del libro ¿Qué es el carlismo?, del profesor Francisco Elías de Tejada. La primera sesión trató de los fundamentos del carlismo; la segunda introdujo la doctrina del carlismo, y se detuvo especialmente en las cinco rupturas de la Cristiandad; finalmente, la tercera y última sesión, con la que se concluyó la lectura de este libro, profundizó en el concepto de Tradición y en los Fueros.




Así, en la primera sesión, desarrollada el 19 de febrero de 2022, se abordó la parte inicial de la obra: los fundamentos del carlismo. Se comentaron algunos de sus textos, que fueron vertebrando las ideas principales que allí se exponen, y se abrieron espacios de reflexión sobre aquellos aspectos filosóficos que, si bien no se exponen en el libro tratado, por su carácter introductorio, sirven para fundamentar sus pilares doctrinales.

En concreto, se trataron los aspectos siguientes: 


A) la definición del carlismo y los textos introductorios presentados en el libro.
 

B) la cuestión de la legitimidad, y la preeminencia de la legitimidad de ejercicio sobre la legitimidad de origen.
 

C) Los principios filosóficos y teológicos de los aspectos políticos tratados. En concreto, la naturaleza social del hombre que se concreta en una comunión de principios éticos como fundamento de la comunidad política (Aristóteles), y el fin trascendente, la salvación de las almas, que constituye su supremo bien (Santo Tomás de Aquino) son ambos fundamento y fin del pensamiento tradicional que se encarna en el carlismo. Siendo entonces que el hombre se perfecciona en función de lo que es propio de su naturaleza; y siendo esta de naturaleza social, sólo en ella puede buscar su fin. Y en tanto en cuanto la función principal de la política consiste en poner los medios para el bien común, y el bien supremo, que es la salvación de las almas, puede afirmarse en este sentido que la Política es un oficio del alma. 




 

La segunda sesión tuvo lugar el 26 de marzo y en ella se trataron los capítulos 5 y siguientes, correspondientes a la doctrina del carlismo, y se dio especial atención a las cinco rupturas de la Cristiandad.

En efecto, el desmembramiento del orden tradicional cristiano propio de la Edad Media tuvo lugar, con especial intensidad, a partir del siglo XVI, a consecuencia de cinco principales fracturas:

a) La ruptura religiosa de Lutero, que rompió la unidad de los pueblos en una misma fe y que dio lugar a una búsqueda de precarios equilibrios entre creencias coexistentes, y sustituyendo la columna vertebral del cuerpo social, la Iglesia, por el libre examen, abriendo así el cauce al subjetivismo.

b) La ruptura ética de Maquiavelo, que desgaja la noción de virtud de su verdadero sentido cristiano, para conferirle un significado espurio y dando lugar a una moral neopagana.

c) La ruptura política de Bodin, quien desvincula al Estado de su vinculación con el derecho divino, y le atribuye una soberanía ilimitada e independiente de ninguna instancia superior, abriendo el paso al absolutismo.

d) La ruptura jurídica de Hobbes, que reduce el Derecho a contrapesos de equilibrios humanos al servicio del monstruo estatal (Leviathan), relativizando las nociones del bien y del mal, continuando la transición hacia un absolutismo secularizado, y desvinculando el nuevo modelo social del orden jerárquico de los principios que la escolástica refería a Dios.

e) La ruptura sociológica que sobreviene después de la firma de los tratados de Westfalia.

Tras estas rupturas, e hija de ellas, emerge la llamada Europa “moderna”, secularizada, algo muy distinto a lo que fue en otro tiempo la Cristiandad. En los reinos hispánicos, sin embargo, se preservará arraigada esta concepción cristiana del mundo en el sentir popular y en el pensamiento tradicional y, más concretamente, en el carlismo como su concreción política.

 

 

Y la tercera sesión, del 22 de abril, continuando con la doctrina del carlismo estudiada en la sesión anterior, trató del concepto de Tradición como antesala para abordar la cuestión de los Fueros.

Como es sabido, el concepto de Tradición proviene, etimológicamente, del sustantivo traditio, traditionis, derivado a su vez del verbo tradere (entregar). Recogiendo este significado originario, entendemos por Tradición el legado recibido de nuestros antepasados, un legado seleccionado y transmitido en función de dos criterios:

a) Una selección sociológica basada en la eficacia de determinados hechos, cuyas fuerzas vitales fueron determinantes para la configuración del orden social transmitidos. En el caso de España, fueron hechos cruciales la Reconquista, la Contrarreforma, el espíritu misionero (contra la herejía protestante en Europa, y la evangelización en América y Asia).

b) La selección moral de los hechos y costumbres considerados como buenos, de acuerdo con la razón y la voluntad divina. Tal principio ético está también apoyado por la doctrina aristotélica que vincula la razón natural con la sociabilidad y los fundamentos de la comunidad política.

Lo que fue la Cristiandad se forjó en la concepción cristiana, tanto en la dimensión metafísica como en el del orden social y moral del ser humano. Y esta estructura espiritual y metafísica, cimentada en la fe cristiana y en la institución monárquica, fue lo que permitió, en las Españas clásicas, desarrollar un variado crisol de pueblos, diversos en sus costumbres, peculiaridades culturales, políticas y jurídicas.

Los fueros, usos y costumbres creadas por la comunidad y elevadas a norma con valor de ley, fueron la expresión de estas singularidades jurídicas, funcionales y permitidas porque se vertebraban en el tronco de los principios comunes del orden cristiano.

Con esta tercera sesión se concluyó la lectura comentada del libro ¿Qué es el carlismo? del profesor Francisco Elías de Tejada. Y en la siguiente sesión, la de mayo, se inicia el estudio del libro El problema de Occidente y los cristianos, del profesor Frederick D. Wilhelmsen (Detroit, 1923 - Dallas, 1996), tal como fue anunciado en su día, y el cual será objeto de una crónica posterior.

Se ruega a los interesados en asistir a las sesiones del Club de lectura carlista, envíen un correo electrónico a: carlismobarcelona@gmail.com

Círculo Tradicionalista Ramón Parés y Vilasau (Barcelona)



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